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miércoles, 11 de marzo de 2009

¿Es legal que te hagan pagar 24 horas si pierdes el ticket del parking?


Debéis saber que esta práctica no es legal. A pesar de que en los parkings te avisan con un cartel, a veces escrito a mano, en el que dice que si pierdes el ticket te cobrarán el día completo. Si te ocurre esto reclama. Estás en tu derecho.

He encontrado este intresante artículo en el blog Ya está aquí el listo que todo lo sabe. Lo pego tal cual está en este blog porque creo que será de interés a más de uno.

Según un informe de la Unión de Consumidores de España (UCE) nos recuerda que es ilegal cobrar el día entero de estacionamiento si el usuario pierde el recibo. Se trata de una conducta totalmente abusiva e ilegal que ponen en práctica muchos parkings y que recientemente ha sido sancionada por el Instituto Gallego de Consumo (IGC). Dicho organismo impuso, por primera vez, una multa de 4.000 € a un parking por cobrar a sus usuarios las 24 horas completas de estacionamiento en caso de pérdida del ticket que se facilita a la entrada. En su resolución, el IGC aseguraba que con esta actitud: "el aparcamiento manifiesta un claro desprecio hacia las normas de protección del consumidor".

El Texto Refundido de Mejora de la Defensa de los Consumidores y Usuarios, aprobado en el año 2007, prohíbe expresamente el cobro por servicios no prestados, así como el redondedo.Los aparcamientos están obligados a disponer de un sistema de identificación de la matrícula de los vehículos en el momento de acceder al establecimiento, de forma que ésta debe quedar insertada en el ticket. Con este mecanismo el establecimiento conoce perfectamente la hora y el minuto de entrada del automóvil, por lo que no existe razón alguna para establecer una sanción o el cobro de tiempo no empleado en caso de extravío del ticket. Además, la pérdida del resguardo de entrada no supone gasto alguno adicional para el establecimiento.

Así que ya lo sabéis, en caso de perder el ticket del parking si os quieren cobrar más tiempo del estacionado podéis hacer uso de vuestros derechos a través de las hojas de reclamaciones y acudiendo a un organismo de defensa del consumidor.